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Se crea el Registro de la PYME innovadora

Se crea el Registro de la PYME innovadora

pyme innovadoraHoy se ha publicado en el BOE la Oden ECC/1087/2r015, de 5 de junio, por la que se regula la obtención del sello de Pequeña y Mediana Empresa Innovadora y se crea y regula el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora.

 Esta norma tiene dos finalidades:

 1º) La creación y regulación del Registro de la PYME Innovadora:

 Mediante esta orden se crea y se regula el funcionamiento, sin coste para las empresas, de un Registro público de PYMES innovadoras, que dependerá de la Dirección General de Innovación y Competitividad del Ministerio de Economía y Competitividad, que será la encargada de ordenar la inscripción, mantener actualizada la relación de las que mantengan vigentes los requisitos exigidos y, por último, permitir el acceso libre, mediante medios electrónicos, de la información contenida en el mismo.

 En España las PYMES representan el 99% de las empresas, su contribución al empleo alcanza el 63 % del total y su aportación al valor añadido bruto de nuestra economía (68 %) se sitúa por encima de la media de la Unión Europea.

 Sin embargo, según la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación, uno de los problemas de nuestro sistema de Ciencia, Tecnología y Empresa es el reducido número de empresas innovadoras, especialmente pequeñas y medianas empresas, debido a varios motivos, como por ejemplo:

  • El limitado peso de los sectores de media/alta tecnología
  • La ineficiencia de los instrumentos de transferencia y gestión del conocimiento
  • Las bajas capacidades de absorción de las PYMES.

 Por tanto, es conveniente potenciar que en nuestro país haya más empresas que apuesten por el I+D+i, esperemos que medidas como la creación de este Registro fomenten la apuesta por la innovación.

 2º) La regulación del sello de la PYME Innovadora

 Esta orden prevé que la integración en el Registro lleva aparejado el otorgamiento del sello de PYME innovadora que podrá exhibirse con el logo y formato oficial.

¿Cuáles son los puntos clave del procedimiento de integración en el Registro y concesión del sello?

 El procedimiento se iniciará a solicitud de la empresa interesada y se deberá acompañar de cualquier documento que acredite el cumplimiento de alguno/algunos de los requisitos indicados en el artículo 6.2 del Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador:

  • Deberá acreditarse que se cumplen los requisitos para ser considerada como PYME.
  • Asimismo, se requerirá la declaración de no haber tenido revocación total de las ayudas alegadas para estar en el registro, y de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • Por último, deberán cumplirse también los requisitos acreditativos de la condición de ser innovadora.

 Por otro lado, la solicitud deberá presentarse con un sistema de firma electrónica avanzada.

 Una vez cumplidos todos los requisitos especificados en el artículo 4 de la orden, se concederá el sello y la inscripción en el Registro.

¿Qué beneficios tendrá para las PYMES Innovadoras?

 Los efectos derivados de la inscripción en el Registro y concesión del sello son varios, entre los que destacan los siguientes:

  • La PYME podrá exponer en su sede y locales el distintivo concedido a la empresa.
  • Se podrá utilizar el distintivo en el tráfico comercial de la empresa y con fines publicitarios.
  •  El sello de PYME innovadora podrá exhibirse con el logo y formato oficial, mientras no expire su validez.

 En conclusión, es recomendable que las PYMES que cumplan los requisitos para darse de alta en el Registro y obtener el sello realicen el procedimiento, puesto que obtendrán beneficios muy interesantes.

 Desde Staff Legal asesoramos a Pequeñas y Medianas Empresas para que cumplan los requisitos legales exigidos por el Ordenamiento Jurídico y para que se beneficien de aquellas ayudas y aspectos positivos que se prevén en normas como la aquí analizada. Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

 

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